HISTORIA DE LA MEDICINA FORENSE
A.- EGIPTO:
Se reconoce como primer experto médico forense a Imhotep, quien
vivió en Egipto, aproximadamente 3000 años antes de Cristo. Fue la más alta
autoridad judicial del rey Zoser y el arquitecto de la primera gran pirámide de
Sakkara.
La medicina egipcia de esa época estaba socializada.
Los médicos eran sufragados por el Estado y ya existían especialidades.
Los errores profesionales se castigaban seriamente, al punto que en
algunas ocasiones los culpables eran lanzados al Nilo para que los devoraran
los cocodrilos.
B.- MESOPOTAMIA.
El Código de Hammurabi, en Babilonia, 1700 años antes de Cristo,
y el Código de los Hititas, que data de1400 a.C., constituyen pruebas
tempranas de la relación medicina-ley.
C.- ROMA.
Pero el cuerpo de leyes más importante de la era precristiana es, sin
lugar a dudas, la legislación romana contenida en las Doce Tablas, que a partir
del año 451 a.C. tuvo una vigencia de nueve siglos.
En las Tablas se incluían normas relativas a las responsabilidades
del enfermo mental y la duración del embarazo.
EDAD MEDIA.
El Código Justiniano, aparece entre los años 529 y 564 de la era
cristiana y coincide con la declinación del Imperio Romano.
En él se regulaba la práctica de la medicina, la cirugía y la
obstetricia; se imponían penas por malpraxis y se establecía el papel de
experto médico dentro de la administración de justicia. Muchos de sus
principios persisten en códigos modernos.
Los mil años subsiguientes a la caída del Imperio Romano se caracterizan
por el estancamiento de la cultura que significó la Edad Media.
Sin
embargo, durante el siglo XIII apareció en China un valioso documento
medicolegal, el Hsi Yuan Lu, escrito por un juez, y el cual se refería a la
clasificación de las lesiones de acuerdo con el instrumento que las producía y
a su gravedad según la región del organismo en que estuviesen localizadas.
RENACIMIENTO.
En 1507, bajo los auspicios del obispo de Bamberg y del barco Juan de
Shwartzenberg, Alemania contó con un completo código penal.
Poco después, en 1537, basado en el anterior, el emperador Carlos V
promulgó el Código Carolino, que estableció que el experto médico debía
auxiliar a los jueces en casos de homicidios, heridas, envenenamientos,
ahorcaduras, sumersión, infanticidio, aborto y otros tipos de lesiones.
Durante
la segunda mitad del sigo XVI empezaron a aparecer trabajos sobre la aplicación
del conocimiento médico a la solución de problemas legales.
En esta labor destacaron tres
personajes:
- el francés Ambrosio Paré, quien en 1575 dedicó uno de sus
volúmenes a la metodología para preparar informes médico-legales, y a la
enfermedades simuladas;
- dos italianos, Fortunato Fideli, quien alrededor de 1602
publicó su obra en cuatro libros De Relaionibus Medicorum, fiel reflejo
de las ideas y supersticiones de la época,
- Paulo Zacchia, médico del Papa, que superó a su compatriota con
la obra Cuestiones Medico-legales, publicada entre 1621 y 1635, y cuyo
punto débil fue la inclusión de un libro acerca de la medicina forense de los
milagros.
Las opciones están divididas acerca del precursor de la medicina forense
moderna.
Algunos historiadores conceden este mérito a Paré, y otros a Zacchia.
El siglo XVIII se caracterizó por el desarrollo de las primeras cátedras
universitarias de medicina forense.
Este hecho tuvo lugar en Alemania, donde las primeras lecciones fueron
impartidas por el profesor Johann Michaelis, en la Universidad de Leipzig, a quien sucediera Johann
Bohn, autor del libro titulado Medicina oficial o Medicina del Estado,
obra que alcanzó gran difusión.
Una característica
de esta etapa inicial de la docencia universitaria de la medicina forense fue
que no constituía una materia independiente, sino que se enseñaba conjuntamente
con otra disciplina, la medicina preventiva, entonces conocida como higiene.
La primera cátedra independiente se estableció en la Universidad de Viena, en 1804.
El
profesor fue Ferdinand Bernhard Vietz, y la asignatura que se denominó
“Farmacología estatal”, abarcaba medicina forense y toxicología.
Dentro
del imperio austro-húngaro, se establecieron cátedras en Cracovia (1805) y en
Praga (1807).
MÉXICO.
En la
época de la colonia, se estableció por el apoyo del arzobispo Zumarraga y el
virrey de Mendóza.
La Real y
Pontificia Universidad de México que fué fundada por cédula Real expedida
el 21 de septiembre de 1551 en la Ciudad de Toro, España, por el Emperador
Carlos V, para que los "naturales" e hijos de españoles fueran
instruidos en las cosas de nuestra Santa fé Católica.
La cátedra de medicina se
implanto hasta el año de 1580, lo cual motivó a los hombres de la Colonia a
estudiarla.
La
Medicina Legal debe considerarse heredera auténtica del Renacimiento, cuyo
desarrollo se inicia con los trabajos de Ambrosio Paré y en el siglo XVI, para
tomar cuerpo de Doctrina con la obra Cuestiones Médico Legales de Pablo Zachia;
la primera edición aparece en Amsterdam en el año de 1651, un siglo después de
la fundación de la Real y Pontificia Universidad de México.
La
primera autopsia que se
realiza en México fue hecha el 6 de octubre de 1648 cuando el maestro
del Santo Oficio Juan de Correa ordenó entregar el cadáver de un ajusticiado.
La
práctica se realizo en el hospital de Nuestra Señora de la Cuidad.
Dadas las
condiciones que imperaban en esa época, los conocimientos estaban muy atrasados
y la Universidad sólo se dedicaba a impartir densos problemas teológicos,
canónigos, jurídicos y retóricos en forma teórica.
Fue hasta
el año de 1768 y a disgusto del Protomedicato de la Ciudad de México, y por
orden del Rey Carlos III, que se fundó en la Nueva España, el Real Colegio de
Cirugía a instancia del Virrey Marqués de Croix.
El
decreto ordenaba que la organización del Real Colegio fuese a semejanza de la
que sentaba su ejercicio en los Colegios de Barcelona y Cádiz.
Debiendo
darse énfasis a la anatomía y la cirugía, para quedar establecido el Colegio de
Cirugía en el Hospital Real de Naturales.
En el
Colegio de Cirugía, se impartieron las cátedras de anatomía, fisiología,
clínica quirúrgica y medicina legal.
En cuanto
a la Medicina Legal se tiene información de un manuscrito del Lic. Magin Camín,
titulado Arte de hacer las relaciones médico químico legales.
Mientras
tanto la enseñanza de la Medicina en la Universidad fue decayendo en forma
notable por la renuncia a admitir las nuevas corrientes de pensamiento; las
instituciones creadas por Carlos III y el real Colegio de Cirugía, se
distinguieron por su labor progresista, así quedaron definidas dos tendencias
opuestas:
+ La
conservadora de la Universidad donde estudiaban los médicos.
+ La
corriente progresista del Colegio de Cirugía: esta tendencia llegó hasta la
época de la Independencia.
Cuando
llega la Independencia a México, la enseñanza de la medicina y el ejercicio profesional
en que egresaban: médicos, cirujanos, hemetistas, litotomistas, curanderos y
otros, formando un grupo disgregado y anárquico a consecuencia de este proceso.
En tanto
que la decadencia de la Universidad se agudizaba, el Gobierno de la República
se vió obligado a emitir un decreto en 1833 para clausurar las puertas de la
Real y Pontificia Universidad de México por inútil, irreformable y perniciosa,
creando al mismo tiempo lugares de enseñanza superior entre los que figuraba el
de Ciencias Médicas, que escogía a sus profesores especialmente del Real
Colegio de Cirugía y donde tiene su sede la enseñanza de la medicina legal.
Bajo la palabra del primer catedrático, el profesor Don Agustín Arellano.
El
Colegio de Ciencias Médicas no desarrolla su labor, ya que pronto es clausurada
por la reapertura de la Real y Pontificia Universidad de México, ante el
triunfo conservador de López de Santana.
Desde el
año de 1833 se perfila las dos tendencias políticas que por más de 25 años
disputaran el poder público con grave atraso material y científico del país,
hasta que en 1857 se inicia una clara tendencia liberal, gracias a las heroicas
luchas del partido liberal y de Benito Juárez.
En esta
nueva era política y una nueva legislación, se modifica la enseñanza de la
Medicina Legal y el viejo Hospital de san Pablo, hoy hospital Juárez, surge el
profesor Don Luis Hidalgo y Carpio, gran precursor de la Medicina Legal
Mexicana.
Autor del
libro Compendio de Medicina Legal, en dos tomos y su prontuario sobre la
Clasificación de las heridas y otras lesiones, difundiendo las nuevas
corrientes del pensamiento médico legal.
El 6 de
octubre de 1862, se nombra la comisión que formulara un proyecto de Código
Penal para el Distrito Federal y Territorio de Baja California, el cual fue
truncado por la invasión extranjera a México, reanudándose en 1868 y siendo
presidida la comisión por el Lic. Antonio Martínez de Castro, que formula un
proyecto y da como resultado que el 7 de diciembre de 1871, el presidente
Benito Juárez pusiera en vigor el Código Penal para el Distrito Federal y el
territorio de Baja California.
Dicho
código consideró una serie de conceptos de heridas y otros tipos de lesiones de
la manera siguiente: se refiere a delitos de lesiones y homicidio consignados
en dicho Código Penal cuyos dictámenes periciales ocupan la mayor parte del
trabajo de los Médicos Legistas; cabe decir que se publicó el Auto acordado de
heridores el 27 de abril de 1765, las lesiones se clasificaron así: leves,
graves por accidente y graves por esencia, agregándose más tarde otras dos
clases de lesiones, las heridas mortales por accidente y las heridas por
esencia.
Permaneciendo
esta clasificación hasta 1871, aunado a esto entró en vigor el Código Penal,
que según la exposición de motivos de la comisión redactora, toma en cuenta lo
estipulado en algunos Códigos extranjeros, como el Baviera de 1813 y el Prusia
de 1851, definiendo las lesiones de la manera siguiente: "Bajo el nombre
de lesión se comprende no solamente las heridas, excoriaciones, contusiones,
fracturas, dislocaciones y quemaduras, sino toda alteración en la salud y
cualquier otro daño que deje huella material en el cuerpo humano, si esos
efectos son producidos por una causa externa".
El
hospital de San Pablo, después de la invasión Norteamericana y con carácter
Municipal recibía a todos los heridos de la ciudad y a los cadáveres recogidos
para que se les practicara la autopsia de ley y de estos últimos se rindiera
informes médico legales.
El
Servicio Médico Legal del Distrito Federal y Territorios Federales, no se
organizó completamente sino hasta el año de 1903, cuando el Gobierno de la
República dicta la Ley de Organización Judicial y el Reglamento de la Ley
Orgánica de Tribunales.
Esta ley
en su artículo 114 a la letra dice: "El Servicio Médico Legal para la
Administración de Justicia en el Distrito, será desempeñado por los médicos de
comisaría, los de hospitales, los de cárceles y los peritos médicos
legistas", disposición que tenía sus antecedentes en la Ley del 15 de
septiembre de 1880, expedida por el General Porfirio Díaz.
El
Servicio Médico Legal del Distrito Federal y Territorios Federales, no se
organizó completamente sino hasta el año de 1903, cuando el Gobierno de la
República dicta la Ley de Organización Judicial y el Reglamento de la Ley
Orgánica de Tribunales.
Esta ley
en su artículo 114 a la letra dice: "El Servicio Médico Legal para la
Administración de Justicia en el Distrito, será desempeñado por los médicos de
comisaría, los de hospitales, los de cárceles y los peritos médicos
legistas", disposición que tenía sus antecedentes en la Ley del 15 de
septiembre de 1880, expedida por el General Porfirio Díaz.
La ley
referida anteriormente también menciona en su artículo 119: " Habrá en la
Ciudad de México cuatro peritos Médico Legistas, dos Químicos, un practicante,
un escribiente archivero, dos mozos y un Médico Legista en cada una de las
delegaciones que en esa época se ubicaban en Tacubaya, Tacuba, Tlalpan y
Xochimilco.
También
estipulaba que para ejercer el cargo el perito Médico Legista debería de ser de
moralidad y honradez notorias, profesor con título oficial de cirugía, medicina
y obstetricia, mayor de treinta años y con cinco a lo menos de ejercicio
profesional.
Por más
de 15 años el Servicio Médico Legal de la Ciudad de México funcionó de acuerdo
a la ley de 1903, el 9 de septiembre de 1919, el gobierno heredó de la
Revolución Mexicana la Ley Orgánica de Tribunales del Fuero Común, en lo
relativo a la organización del servicio Médico Legal, las reformas no fueron en
realidad sustanciosas.
A partir
de que se publica el segundo Código Penal en México en 1929.
El
profesor José Torres Torrija se convierte en un excelente maestro de la
enseñanza de la Medicina Legal moderna en la actual Facultad de Medicina de la
Universidad Nacional Autónoma de México y en la facultad de Jurisprudencia,
siendo decano del Servicio Médico Legal del Distrito Federal y Territorios
Federales.
El Código
penal de 1929, creó el Consejo Supremo de Defensa y Prevención Social, razón
por la cual el Servicio Médico Legal dejó de pertenecer al Tribunal Superior de
Justicia, para formar parte del consejo, del cual dependió hasta 1931, cuando
se puso en vigor el Código Penal vigente.
Esto dió
como resultado que los peritos Médicos Forenses fueran totalmente
independientes a los médicos de Delegación hospitales y cárceles.
El
hospital Juárez deja de funcionar como auxiliar de la Medicina Forense al
inaugurarse la Nueva sede del Servicio Médico Forense en la avenida Niños
Héroes # 102, el 24 de septiembre de 1960, concentrándose en este edificio los
laboratorios, salas de necropsias, departamento de estadística, antropología
forense odontología forense y biblioteca.
Este
edificio deja de funcionar para construir un nuevo edificio a un lado en el que
se invirtió mucho para la incorporación de tecnología de vanguardia y
nuevos laboratorios como el de genética forense el cual fue inaugurado el 4 de
diciembre de 2007.
En la
Ciudad de México existen dos tipos de médicos forenses:
- Los
médicos adscritos a el SEMEFO dependiente del Tribunal Superior de Justicia
del Distrito Federal y que tienen como misión la realización de necropsias y la
valoración definitiva de lesiones.
- Los
médicos adscritos a las delegaciones dependientes de la Secretaria de
Salud del Distrito Federal que tienen como misión la clasificación de
lesiones, la determinación de edad y estado psicofísico así como la elaboración
de las actas médicas.
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